Ordenanzas municipales que regulan la aplicación de pesticidas de uso agropecuario: argumentos para fundamentar la reducción de su uso__

Dic 14, 2022 | Artículo Ciencia Digna_N02

Municipal laws that regulate the use of agricultural pesticides: arguments in favor of reducing their use

Hough, Guillermo[1]

RESUMEN: El objetivo de este trabajo es presentar evidencias científicas, aspectos legales y testimonios personales para fundamentar la necesidad de reducir el uso de pesticidas frente a las discusiones generadas en la promulgación de nuevas Ordenanzas o modificación de las vigentes. Como caso testigo se tomó la Ordenanza 4821/09 de la Municipalidad de 9 de Julio (9J), provincia de Buenos Aires, similar a otras ordenanzas que rigen en distintos partidos de la provincia. La legislación provincial prohíbe fumigar a menos de 2000 metros de centros poblados y los municipios no pueden legislar para reducir esta distancia. Se demuestra que las superficies involucradas en la pretensión de reducir distancias de exclusión son mínimas en relación al total de hectáreas cultivadas; asimismo, la jurisprudencia impide que haya regresión en derechos ambientales adquiridos. La fiscalización de las fumigaciones en zonas “sensibles” es de difícil implementación y a lo sumo tiene un control limitado sobre las derivas primarias. Se analizó el fenómeno de las derivas secundarias, demostrando que son reales e incontrolables. Las escuelas rurales son particularmente vulnerables al efecto de las fumigaciones. Se presentan los fundamentos para que las ordenanzas prohíban fumigaciones urbanas con herbicidas. Participar en las discusiones tendientes a la promulgación de ordenanzas que regulen la aplicación de pesticidas es una oportunidad de concientizar sobre las consecuencias de su uso y de que no son necesarios; o en última instancia lograr ordenanzas que protejan lo más posible a la población y al medio ambiente.

PALABRAS CLAVE: Pesticidas. Ordenanza municipal. Derivas. Fumigación.

ABSTRACT: The objective of this study is to present scientific evidences, legal aspects and personal experiences to uphold the necessity of pesticide reduction when discussing new municipal laws or changes to existing laws. The Municipal Law 4821/09 from 9 de Julio, province of Buenos Aires, similar to laws from other Buenos Aires province municipalities, was taken as a case study. Buenos Aires province prohibits air-sprays at less than 2000 meters from urban spaces and municipalities cannot legislate to reduce this distance. When pretending to reduce spray distances, areas involved are insignificant in relation to total cultivated land; also, legal precedence sustains that acquired environmental rights cannot be reduced. Spray inspections over sensitive areas are nearly impossible to comply with; at the most they would exert some control over primary drifts. Secondary drifts are analyzed, proving they are real and uncontrollable. Rural schools are particularly vulnerable to pesticide sprays. Arguments in favor of herbicide prohibition in urbane environments are presented. Participating in discussions related to local laws pretending to regulate pesticide sprays is an opportunity to raise awareness on the consequences of their use and that they are not necessary; or as a last instance to obtain laws that protect the population and the environment as much as possible.

KEY WORDS: Pesticides. Spray. Municipal Laws. Drift.

Introducción

En la Argentina los principales cultivos, tanto en toneladas producidas como en hectáreas cultivadas, son trigo, maíz y soja. En la campaña 2020/2021 se estima que la Argentina producirá 17, 50 y 45 millones de toneladas de trigo, maíz y soja; respectivamente[2]. Las áreas cultivadas corresponden, respectivamente a 6, 5, 7, 3 y 16,9 millones de hectáreas. La casi totalidad de la producción se basa en el uso intensivo de agroquímicos, tanto fertilizantes como pesticidas. La Tabla 1 presenta una estimación de los pesticidas utilizados para cada uno de estos cultivos. Cabe destacar que el impacto sobre la salud y el medio ambiente de los pesticidas no debe medirse exclusivamente en base a su volumen (kg o litros), sino en la toxicidad de los ingredientes activos. Sobre todo en el rubro de insecticidas y fungicidas, los volúmenes no suelen ser altos, pero sí sus efectos tóxicos.

Tabla 1. Pesticidas utilizados sobre los principales cultivos en la Argentina; los valores están expresados en kg/(hectárea.año).

Pesticida Trigo1 Maíz2 Soja3
Glifosato 1,7 1,7 4,5
Otros 1,1 5,4 0,6
Total 2,8 7,1 5,1

Referencias: (1) Aparicio et al. (2018); (2) Rosetti y Lozano-Coronel (2019); (3) Benbrook (2016).

El uso promedio de glifosato y total de herbicidas en Europa para el año 2017 fue de 0,24 kg/ha y 0,62 kg/ha; respectivamente (Antier et al., 2020). Estos números para EEUU y Argentina en soja fueron de 1,7 y 0,6; y 4,5 y 0,6; respectivamente (Benbrook, 2016). O sea que en la Argentina se utiliza mucha mayor cantidad de pesticidas que en los países desarrollados. En Brasil se utilizan cantidades similares a los de la Argentina (Benbrook, 2016).

El partido de 9 de Julio (9J) se ubica en el centro-oeste de la provincia de Buenos Aires (Argentina), y tiene una superficie total de 423000 ha. En la campaña 1993/94 la superficie sembrada fue de 110000 ha (26% de la superficie del partido), mientras que en la campaña 2018/19 se sembraron 324000 ha (77% de la superficie del partido), de las cuales 65000, 71000 y 170000 fueron de trigo, maíz y soja, respectivamente[3]. En base a estos datos, y considerando los niveles de aplicación de pesticidas de la Tabla 1, se puede estimar que sobre 9J se vuelcan anualmente 1542 toneladas de pesticidas. La población del partido según el último censo realizado en el año 2010, es de aproximadamente 50000 habitantes. Quiere decir que por año se vuelcan 31 kg de pesticidas por habitante. En una información de la BBC[4] , se señaló que en los países desarrollados el 23% de los pesticidas utilizados entran en la categoría de altamente peligrosos; en la Argentina este porcentaje de pesticidas altamente peligrosos aumenta a más del doble: 47%. No cabe duda que semejante volumen de productos altamente tóxicos generan daño a la salud de la población y al medio ambiente.

Desde el año 2009 rige en 9J la Ordenanza Municipal 4821/2009[5] que regula la aplicación de agroquímicos. Esta ordenanza tiene 21 artículos distribuidos en 4 páginas. Los artículos cubren los siguientes aspectos:

  • Alcances de la Ordenanza
  • Condiciones que deben cumplir las Empresas que comercializan pesticidas
  • Distancias de exclusión
  • Transporte y almacenamiento de pesticidas; y circulación de máquinas fumigadoras
  • Tratamiento de los envases vacíos
  • Sanciones por incumplimiento.

Por iniciativa del Ejecutivo Municipal y por intereses de sectores vinculados al modelo de producción agroindustrial, a partir del año 2021 se constituyó una Mesa de Trabajo (MT) para discutir la modificación de la presente ordenanza. En la MT están representadas las siguientes organizaciones y dependencias municipales: AAPRESID, CREA, Sociedad Rural, Colegio de Ingenieros Agrónomos, Aplicadores Terrestres, Aplicadores Aéreos, INTA, Guardianes de la Ecología, ConCiencia Agroecológica de 9J (CCA), Cátedra Libre de Soberanía Alimentaria de 9J, Dirección de Gestión Ambiental, Secretaría de Producción, Concejo Deliberante y Delegados de los Pueblos del Partido. Mi participación en la MT como representante de CCA me llevó a elaborar un documento con el fin de priorizar la salud de la población y del medio ambiente en la elaboración de una nueva ordenanza.

La Ordenanza 4821/09 de 9J, en su artículo 6 (modificado por la Ordenanza 6085/2019 para incluir a las escuelas rurales) dice: “Prohíbase la aplicación terrestre de productos químicos y/o biológicos de uso forestal, especialmente plaguicidas, dentro de un radio de doscientos (200) metros a partir del límite de las plantas urbanas, núcleos poblacionales y establecimientos educativos rurales (ver anexo); y la permanencia, limpieza, estacionamiento y/o tránsito de maquinaria terrestre, cargada o no con los mencionados productos”. Lo que se coló en este artículo es una excepción para los pueblos del partido, que pueden ser fumigados a 0 metros de sus plantas urbanas con la sola condición de que se presente una receta agronómica en la Dirección de Gestión Ambiental de la Municipalidad. Esta exigencia de la receta agronómica rige para toda fumigación de acuerdo al Capítulo VI del Decreto Reglamentario de la Ley Provincial 10699. El artículo 7 de la ordenanza de 9J establece: “Prohíbase dentro de un radio de dos mil (2000) metros a partir del límite de las plantas urbanas o núcleos poblacionales (ver anexo), el pasaje de aviones aplicadores y la pulverización aérea.”

En la MT, desde el sector que representa los intereses de la agroindustria (el representante del INTA es uno de ellos), se han mencionado las siguientes posibilidades de modificación relacionadas con los Artículos 6 y 7 arriba mencionados:

– Disminuir la distancia de protección terrestre de 200 m a 50 m para la “protección” de la ciudad de 9J

– Para los pueblos del partido sostener los 0 metros para fumigaciones terrestres y reducir los 2000 metros de protección de fumigaciones aéreas vigentes;

– Poder fumigar a 0 metros de escuelas rurales fuera del horario escolar.

Cabe aclarar que la agrupación CCA tiene como objetivo central la promoción de un modelo de producción agroecológica que elimine o limite al extremo la utilización de agroquímicos, en defensa de la salud de la población y del medio ambiente. Este modelo agroecológico ya ha demostrado ser viable en lo productivo, ambiental, social y económico (Cerdá et al., 2016; Aparicio et al.; 2018; Sarandón, 2020). La discusión de una ordenanza que regula la aplicación de pesticidas sería un contrasentido, ya que desde la óptica de la agroecología constaría de un solo artículo: “no aplicar”. Sin embargo, la realidad es que organizaciones y/o ciudadanas, son llamadas por la necesidad imperiosa de frenar los avances del sector agroindustrial y su afán de aplicar pesticidas a mansalva.

El partido de 9J tiene características similares al resto de los partidos y departamentos de la Pampa Húmeda de la Argentina en la cual está vigente el modelo agroindustrial de aplicación intensiva de agroquímicos. Asimismo, la ordenanza de 9J es similar a otras ordenanzas que rigen en distintos partidos de la provincia (Dubois, 2018). Por el conocimiento de la localidad y la MT a la cual fuimos convocados, se considerará a 9J y su ordenanza como testigos válidos para la situación de otras localidades y sus legislaciones. Incluso para localidades que carecen de ordenanzas (Dubois, 2018) y que en un futuro quieran promulgarlas.

El objetivo del presente trabajo fue el de presentar evidencia científica, aspectos legales y testimonios personales para fundamentar la necesidad de reducir el uso de pesticidas frente a las discusiones generadas en la promulgación de nuevas Ordenanzas o modificación de las vigentes. Tomando como testigo la Ordenanza 4821/09 de 9 de Julio, se cubren los siguientes aspectos que son comunes a ordenanzas ya promulgadas o en discusión en distintos puntos del país: fumigaciones aéreas, superficies involucradas, derivas primarias y secundarias, escuelas rurales y la prohibición de herbicidas en plantas urbanas.

Fumigaciones aéreas

Respecto a estas fumigaciones, la Ley Provincial 10699, en el artículo 38 de su Decreto Reglamentario 499/91, establece: “Las empresas aplicadoras deberán operar a una distancia no menor de 2 km de centros poblados, no pudiendo sobrevolarlos aun después de haber agotado su carga”. La Ley Orgánica de las Municipalidades de la Provincia de Buenos Aires en su artículo 27 deja claro que los municipios, como tercer grado de descentralización estatal, pueden reglamentar todo aquello que no esté comprendido en la competencia provincial o nacional o sobre vacíos legislativos de la provincia. No es el caso de las aplicaciones aéreas que sí están legisladas a nivel provincial. En todo caso una ordenanza municipal podría establecer una distancia mayor a 2 km, pero no menor. Dentro del contexto, esta distancia de 2 km es razonable y es la que actualmente rige en la ordenanza de 9J. Una ordenanza que viola la ley provincial es la de Trenque Lauquen (provincia de Buenos Aires) que establece una zona de exclusión para fumigaciones aéreas de 800 metros (Dubois, 2018).

Superficies involucradas y jurisprudencia

A través de Google Maps o planos proporcionados por la Municipalidad, es muy sencillo calcular cuántas hectáreas se verían afectadas si se respetaran en los pueblos del partido las mismas distancias que protegen a la ciudad cabecera. En el caso de 9J, otorgarle a los 10 pueblos del partido 200 m de protección implica un total de 640 ha, con una mediana de 60 y un rango de 44 a 134 ha. En estos 10 pueblos se estima que hay 8200 habitantes, lo que implica que por cada hectárea de exclusión se mejora la salud de 13 personas. Como se mencionó en la Introducción, impedir fumigaciones en estas superficies no implica una pérdida en la producción ya que existe la alternativa agroecológica.

En la MT, desde el sector agroindustrial han señalado que la agroecología generalmente incluye a animales en los ciclos de producción. Y que no se pueden tener animales cerca de los pueblos porque “los roban y carnean”. No se justifica que se siga afectando la salud de la población con fumigaciones a 0 metros de sus viviendas porque Patrulla Rural o la policía local no puede controlar el robo de animales por vecinos en un pueblo chico.

En la ordenanza actual las escuelas rurales del partido están protegidas con 200 m de fumigaciones terrestres y existe la pretensión de poder fumigar fuera del horario escolar. Si se supone que una escuela rural ocupa 1 ha, la superficie afectada por los 200 m de exclusión es de 24 ha por cada escuela. Una porción ínfima de la superficie total 324 mil ha cultivadas en el partido.

Otra aspiración del sector agroindustrial es reducir la distancia de exclusión de 200 a 50 metros en la ciudad cabecera. Los 200 m de exclusión cubren aproximadamente 484 ha; llevar la distancia a 50 m permitiría fumigar 366 ha, el 0,1% de la superficie cultivada del partido. Y como ya hemos resaltado más arriba, no son hectáreas perdidas a la producción, ya que existen varias alternativas agroecológicas.

De lo números analizados surge que en todos los casos las superficies involucradas en la mínima protección de 200 m son despreciables frente a la superficie total cultivada. Y difícilmente se sostiene la necesidad de fumigarlas.

Las intenciones de modificar una ordenanza para reducir los derechos ambientales ya adquiridos están en colisión con el principio de progresividad establecido en el artículo 4 de la Ley General del Ambiente 25675. En este sentido la Corte Suprema de la Provincia de Buenos Aires sentó jurisprudencia cuando el Concejo Deliberante de Gral. Pueyrredón (Mar del Plata) quiso reducir la distancia de exclusión de 1000 m a 100 m. En su fallo[6] la Corte Suprema dejó sentado que está “Reñido con el principio de progresividad vigente en la materia (conf. art. 4, ley 25.675; CSJN, Fallos 329:2316; esta Corte causa I. 71.446, “Fundación Biosfera”, res. cit.) que, al tiempo que procura la mejora gradual de los bienes ambientales supone que los estándares de protección vigentes o actualmente logrados, no sean sustituidos por otros, inferiores u ostensiblemente ineficaces.” O sea que un municipio que modifique una ordenanza para reducir distancias de exclusión y/o permitir fumigaciones fuera del horario escolar, corre el riesgo de perder un juicio y verse obligado a anular las modificaciones.

Derivas primarias y fiscalización

Un aspecto clave que se analizará previo a tratar el tema de las fiscalizaciones es el de las condiciones climáticas. Las recomendaciones sobre las condiciones climáticas apropiadas para fumigar varían de acuerdo a distintos autores, instituciones y marbetes de pesticidas. Por ejemplo, Martens (2012), en un manual del INTA, recomienda fumigar con vientos entre 3 y 7 km/h; similar a la recomendación de la FAO (2001). AAPRESID[7] indica un rango ideal entre 5 y 10 km/h. Tepper (2017) desde un organismo oficial australiano, recomienda un rango entre 5 y 15 km/h; similar a la recomendación de la Universidad de Pensilvania de EEUU[8]. Los marbetes de algunos pesticidas recomiendan velocidades máximas de vientos, por ejemplo: 10 km/h y 15 km/h para cletodim y chlorpyrifos, respectivamente, de YPF; aunque no mencionan vientos mínimos.

Un fenómeno preocupante y poco difundido es el de la inversión térmica (IT). Normalmente a medida que nos alejamos de la superficie terrestre la temperatura disminuye. En condiciones de IT la temperatura a ras de suelo es inferior a la temperatura de una altura superior (por ejemplo 3 m).

Tepper (2017) señaló que intuitivamente se diría que las peores condiciones para fumigar son cuando hay vientos fuertes, alta temperatura y baja humedad. Sin embargo, se ha demostrado que los pesticidas pueden derivar a mucha mayor distancia y en más altas concentraciones en condiciones de estabilidad atmosférica e inversión térmica. Bajo condiciones de IT pequeñas gotas de una pulverización pueden moverse miles de metros en direcciones imprevisibles y si el pesticida se vaporiza los vapores pueden desplazarse varios kilómetros (Nowatzki, 2018).

Tepper (2017) alertó que llegada la tardecita puede haber una IT que persista toda la noche y recomienda aplicar solamente si se está segura/o de que no hay IT. Este fenómeno ocurre generalmente entre la puesta del sol y el amanecer, cuando los vientos son < 11 km/h y el cielo está despejado o parcialmente nublado. Para detectar una IT rigurosamente hay que contar con instrumentos muy precisos (± 0,05 oC) y es impracticable monitorearlos durante la fumigación. Al no contar con instrumentación adecuada, se recurre a indicios que llevan a conjeturar: humo, polvillo, sonidos lejanos.

El peligro de la deriva producida por una IT amerita que en una ordenanza se explicite que cualquier fumigación debe asegurar que no se realice en condiciones de IT.

Con respecto a la humedad relativa (HR) y temperatura ambiente, en general hay consenso en que se deben tener en cuenta ambos factores. Hay gráficos como el publicado por Martens (2012) que definen zonas de HR y temperatura en que no se recomienda la fumigación. Otra consideración obvia es no fumigar cuando está lloviendo o hay pronóstico de lluvias en las próximas horas.

Para el presente trabajo se estableció que NO se debe fumigar cuando se dan las siguientes condiciones climáticas:

  1. Vientos menores a 4 km/h o mayores a 14 km/h durante el día. A partir de las 21 h el límite inferior se corre a 5 km/h por peligro de inversión térmica.
  2. Temperatura y humedad relativa ambiente: utilizamos el gráfico publicado por Martens (2012); o temperaturas ≥ 30 oC.
  3. Ausencia de lluvias o de pronósticos de alta probabilidad de lluvias.
  4. Si el marbete del pesticida a aplicar establece condiciones más restrictivas, deben respetarse.

El Servicio Meteorológico Nacional[9] publica las condiciones de HR, temperatura y velocidad del viento de las localidades en las cuales tiene estaciones meteorológicas. 9J posee una y así se pudo contar con la información histórica para las horas 9, 12, 15, 18 y 21 h. Se recopiló y analizó la información para dos meses de alta aplicación de pesticidas (octubre y noviembre), y un mes de aplicaciones medias (febrero). Siguiendo los criterios de condiciones climáticas indicados arriba, se estableció para estos meses el porcentaje del tiempo en que no se debería haber fumigado y el % de noches con alta probabilidad de IT:

  • Octubre 2020: 58% no; 48% IT.
  • Noviembre 2020: 50% no; 47% IT.
  • Febrero 2021: 66% no; 54% IT

Es muy probable que haya un mayor % de condiciones adversas, ya que no se tuvo en cuenta la dirección del viento que no debe ir hacia zonas sensibles, independientemente de la intensidad del mismo. Asimismo, hay que destacar que los cambios climáticos implican que en determinados días, por ejemplo, a las 12 h no están dadas las condiciones para fumigar, a las 15 h si y a las 18 h no. Complicado organizar así la jornada de trabajo del mosquito fumigador.

A través de este análisis queda claro que en la mayoría de las horas y/o días las condiciones climáticas son adversas. Así, si se pretende fumigar una escuela rural fuera del horario escolar, cabe preguntarse en qué horario lo harían si la mayoría del tiempo las “buenas prácticas” no se lo permitirían. Aparte de las consideraciones de peso de que fumigar fuera del horario escolar no impide en absoluto la contaminación de la escuela, docentes y alumnas/os, como será analizado en secciones posteriores. La pretendida fiscalización que promueve el sector agroindustrial se tratará a continuación, pero ya se ven las dificultades de que funcione con esta realidad de las restricciones impuestas por las condiciones climáticas.

Desde el sector agroindustrial de la MT solamente mencionan la deriva primaria como posible en un proceso de fumigación, entendiéndose como tal el movimiento del pesticida fuera del objetivo en el momento de la aplicación. Para el caso de 9J han propuesto un sistema de fiscalización para fumigaciones en zonas “sensibles”. Un sistema similar al promovido por el programa Municipio Verde de AAPRESID[10]. De acuerdo al estado actual de la ordenanza de 9J, los sectores sensibles serían: en el límite a partir de los 200 m de exclusión de la ciudad de 9J, de los 200 m de las escuelas rurales, de los 200 m de núcleos poblacionales y de 0 m de los pueblos del partido. Y 2000 m para aéreas en todos los sectores. Para realizar la fiscalización se propone la existencia de un registro realizado por la Municipalidad y/o por el Círculo de Ingenieros Agrónomos. El costo de la fiscalización estaría a cargo del mismo productor. En la MT ya se planteó que este sistema puede derivar en conflictos de interés. Por ejemplo, las/los fiscalizadores podrían tener otros trabajos tales como ser representante de una fábrica de pesticidas, o asesor de una empresa de fumigación.

Cuando se quiera realizar una fumigación en zonas sensibles, ésta deberá ser informada con anterioridad para que la misma cuente con la presencia de un fiscalizador. La fiscalizadora deberá controlar los siguientes aspectos:

  • Que se aplique el pesticida y dosis que figuran en la receta agronómica. Para esto tiene que estar presente en el momento en que se prepara el tanque. Las empresas de pulverización terrestre pueden trabajar con bajos volúmenes de aplicación a mayor concentración del pesticida (menos de 40 l/ha) por razones operativas y de ahorro de combustible. Esto lleva a mayor peligro de deriva primaria ya que deben aplicar una gota de menor tamaño; esta gota a su vez está más concentrada. Esta práctica fue descripta por Ojea (2017), empleado de una empresa de fumigación, en su tesina para graduarse como ingeniero agrónomo.
  • Estar presentes en el momento de preparar el tanque para cerciorar que se cumpla con las norma IRAM 12069 del triple lavado de los bidones (IRAM, 2016). Si el lote amerita otro llenado de tanque, el fiscalizador también debe estar presente.
  • La maquinaria, altura de los brazos, ajuste de la gota y condición de las pastillas.
  • Controlar el equipo de protección personal (EPP) del operario. El fiscalizador también debe llevar EPP.
  • Controlar las condiciones ambientales: humedad, temperatura, viento y dirección del mismo. Asegurar que no haya condiciones de inversión térmica. Arriba se ha detallado las implicancias y dificultades en el cumplimiento de las condiciones climáticas.
  • Fumigaciones aéreas: deben realizarse en el lugar de despegue del avión, aun cuando este lugar esté en otro partido. Luego debe fiscalizarse la propia aplicación para asegurarse que efectivamente cumpla con los 2000 m de exclusión y no se fumigue metros más adentro.
  • En los meses de verano cuando hay baja humedad y altas temperaturas diurnas, las fumigaciones suelen realizarse en horas nocturnas. Los fiscalizadores deben estar dispuestos a realizar su labor en estos horarios.

En principio todos los puntos anteriores deberían estar controlados por el sistema imperante de recetas agronómicas emitidas por ingenieros agrónomos matriculados y empresas de fumigación registradas con operarios que realizan cursos anuales obligatorios. Al proponer las fiscalizaciones están suponiendo que este sistema actual no se cumple. Las fiscalizadoras/es serían ingenieros agrónomos que pertenecen al mismo círculo que los que emiten las recetas agronómicas.

Si en una ordenanza se llegara a incluir un sistema de fiscalización, el mismo debe detallar los aspectos a fiscalizar como fueron enumerados arriba. Y debe quedar claro que es una fiscalización muy limitada ya que no evita ni tiene control sobre las derivas secundarias. Tampoco exime al productor ni al aplicador de la responsabilidad sobre los problemas de salud y del ambiente que las fumigaciones produzcan en el corto, mediano o largo plazo. Y debe explicitarse que esta fiscalización primaria no impida que el/la vecina puedan hacer una denuncia por derivas secundarias y que la misma sea atendida.

Derivas secundarias

Tomasoni (2013) clasifica las derivas en:

  • Primaria: la que se produce en el momento de la pulverización;
  • Secundaria: la que se genera en las horas siguientes a la aplicación; y
  • Terciaria: la que puede producirse semanas, meses o años después de la aplicación.

En esta definición no queda del todo claro cuando una deriva deja de ser secundaria para pasar a ser terciaria y por lo tanto considero más práctico agrupar estas dos categorías en una sola, la secundaria. Es la que se genera luego de que ha pasado el avión o el fumigador terrestre.

Luego de que se ha producido la fumigación, pueden ocurrir distintos fenómenos que conducen a derivas secundarias de los pesticidas:

  1. Volatilización: puede ser de la gota del pesticida antes de que llegue a depositarse, o posterior a la deposición del pesticida desde la superficie foliar o del suelo (Lee et al., 2011; Potter y Coffin, 2017; Alonso et al., 2018; Glinsky et al., 2018; Mao et al., 2018; Pereyro et al., 2019; Das y Hageman, 2020; Linhart et al., 2021).
  2. La adsorción al suelo con posterior vuelo del polvillo por efecto del viento (Gunier et al., 2011; Lee et al., 2011; Potter y Coffin, 2017; Alonso et al., 2018; Pereyro et al., 2019; Linhart et al., 2021). Las referencias se repiten respecto a la volatilización, ya que cuando se toman muestras de aire o lluvia, es difícil discriminar el origen de la contaminación.
  3. La adsorción al suelo, su daño al mismo, posterior lixiviación hacia napas subterráneas o su transporte hacia cursos de agua por escorrentías tras una lluvia (Bedmar et al., 2011; Aparicio et al. 2013; Battaglin et al., 2014; Bedmar et al., 2017; Kremer, 2017; Primost et al., 2017; Castro-Berman et al., 2018). Como expresaron Aparicio et al. (2013): “el suelo es un recurso natural que consideramos no renovable ya que el tiempo necesario para su formación excede con creces la vida de un ser humano… La presencia de glifosato y AMPA en el suelo constituye un elemento de contaminación real.”

Las publicaciones citadas refieren al efecto sobre la salud de las exposiciones crónicas producto de las derivas, y una de ellas, a las intoxicaciones agudas (Lee et al., 2011).

El trabajo de Pereyro et al. (2019) merece una mención especial. Tomaron un total de 52 muestras de polvo y lluvia entre 2016 y 2018 en el patio de la Agencia INTA ubicada en el centro de la ciudad de Pehuajó (provincia de Buenos Aires), a más de 1000 m de campos fumigados. Detectaron glifosato en el 37% y 19% de las muestras de polvo y lluvia, respectivamente; y 2-4-D en el 50% y 17% de las muestras de polvo y lluvia. La ciudad de Pehuajó tiene una población aproximada de 32000 habitantes, está enclavada en la zona agropecuaria de la Pampa Húmeda, y tiene características comunes a muchas otras ciudades agropecuarias de la Argentina en las cuales se discuten ordenanzas y distancias de exclusión. Esto fue confirmado en otro estudio reciente realizado por un grupo de Vecinos Autoconvocados de la ciudad de Lobos y el INTA-Balcarce[11], en el que encontraron pesticidas en agua de lluvia que cayó sobre la plaza principal, en el suelo de la plaza principal y en las napas de agua; todo esto a distancias superiores a los 1000 m de campos fumigados.

Los testimonios personales también son importantes. Un productor agropecuario que tiene su propiedad a aproximadamente a 20 km de 9J (Nicolás Mulcahy: comunicación personal) publicó en un grupo conservacionista local: Hoy en día el problema no es solamente el Glifosato. Hay dos especies consideradas malezas de cultivos que son resistentes al Glifosato (una Conyza o Rama Negra y un Amaranthus) que está obligando a productores a usar herbicidas ultra viejos, como el 2-4D y el Dicamba, que son entre volátiles y MUY volátiles. Pueden llegar hasta los 15 km de distancia con temperaturas altas y baja presión. Yo acá tengo daños importantes en varias especies de hortalizas, árboles y jardín, mucho mayores que los del Glifosato. Su experiencia habla a las claras de derivas producidas por volatilizaciones y/o inversiones térmicas.

Otro testimonio personal fue una publicación en Facebook de una vecina de un pueblo distante 15 km de la ciudad de 9J. La publicación fue realizada el 24 de febrero 2021 a las 7.30 h. La velocidad del viento a las 18 h y 21 h del 23 de febrero en 9J fue de 4 km/h y 0 km/h, respectivamente; o sea estaban dadas las condiciones ideales para que esa noche se produjera una inversión térmica. La publicación tuvo 57 comentarios y fue compartido 26 veces. A continuación se reproducen citas textuales de la publicación original y algunos de los comentarios que hablan por sí solos:

  • Me desperté en la mitad de la noche, sentí que se empezaba a levantar un vientito, teníamos la ventana del dormitorio abierta. ¡Insoportable! ¡¡Pero insoportable!! El olor a insecticida que sentía. ¡Te ahogaba! A mí me descomponía ese olor, no se podía respirar. El ardor a la vista. ¡Terrible!
  • También lo sentí al olor y vivo a 4 cuadras de tu casa
  • ¡Se nos fueron muchas personas jóvenes y grandes ya desde hace muchos años! ¡¡Con cáncer y gente que están luchandola!! Mi marido fue operado de cáncer de colon, gracias a Dios se curó, pero la mayoría de gente que han fallecido en este pueblo, ¡¡la mayoría esta puta enfermedad!!
  • Lamentablemente ya no se quieren ni solos, se enferman solos con esos venenos
  • Siiii, muchas enfermedades o patologías crónicas son a causa de fitosanitarios, y ocurre con más gravedad en los pueblos, que es un foco urbano rodeado de campo.
  • No sé qué paso, acá en mi patio apareció la planta de higos toda achicharrada
  • Acá por los silos esta mañana estaba fuertísimo el olor a remedio (varias horas después de la fumigación)
  • A qué se debe tanta gente con cáncer en este pueblo, ya lo he escuchado y mi hija me ha dicho también
  • No solamente eso hay personas que las seca en vida y ojo las mujeres embarazadas, por favor que dañinos son.

Un foco de deriva secundaria por efecto de la volatilización son los bidones vacíos que contenían pesticidas. Un mosquito pulverizador puede utilizar entre 20 y 50 bidones por día, supongamos 30. La Ordenanza 4821/09 de 9J en su artículo 16 indica que es responsabilidad del usuario de pesticidas proceder al triple lavado de los envases vacíos. Es generalmente aceptado que el triple lavado debe realizarse de acuerdo a lo indicado en la Norma IRAM 12069 (IRAM, 2016), lo que implica un tiempo mínimo de 5 minutos por bidón. En un día de uso de 30 bidones, esto implica 2,5 horas. Es dudoso que la/el operador del mosquito fumigador deje al equipo inactivo todo este tiempo; sobre todo sabiendo que en los Centros de Acopio Transitorios (CAT) no hay ningún control de que se haya hecho el triple lavado. Los bidones vacíos pueden quedar hasta un año en el campo antes de llevarlos al CAT. Las vaporizaciones de residuos concentrados de pesticidas que hayan quedado en los envases, bien pueden ser transportadas a varios km de distancia, sobre todo si se presentan condiciones de IT. Estas condiciones se presentan en aproximadamente el 50% de las tardes-noches.

Consideraciones especiales para escuelas rurales

Justamente por la presencia de niñas/os hay aspectos particulares a tener en cuenta a la hora de discutir fumigaciones en las inmediaciones de una escuela rural. Las niñas/os son más vulnerables al efecto dañino de los pesticidas que las/os adultos (Rodríguez et al., 2012). Tienen mayor superficie de piel en relación a su peso corporal, un metabolismo basal más alto y mayor requerimiento de oxígeno. También ingieren más comida, beben más líquidos y respiran más aire por peso corporal que los adultos. Y a esto se suma su mayor proximidad al suelo y superficies contaminadas y su tendencia a llevarse los dedos a la boca. Esta mayor vulnerabilidad debe ser protegida lo máximo posible. Kunin et al. (2019) destacaron que la escuela no puede ser un espacio donde estos riesgos de exposición continúen.

Hay cuatro estudios en los cuales se ha confirmado la presencia de pesticidas en los vectores indicados de escuelas rurales de la Argentina:

  • Mar del Plata, Provincia de Buenos Aires: 4 escuelas; en el agua de pozo[12].
  • Provincia de Entre Ríos: 7 escuelas; en aire, suelo y agua de pozo (Barbieri et al., 2018).
  • San Antonio de Areco, Provincia de Buenos Aires: 1 escuela; agua de lluvia y suelo[13].
  • Tandil, Provincia de Buenos Aires: 14 escuelas; en agua de pozo, aire y suelo (Canziani et al., 2020).

En las escuelas de Entre Ríos no hubo relación entre los pesticidas encontrados y los tiempos de fumigación. Las/os alumnos y docentes de escuelas rurales sufren esta exposición crónica y sinérgica 4 horas por día, 150 días al año. Las consecuencias sobre la salud por exposiciones crónicas a pesticidas no tienen ninguna relación con la banda toxicológica: roja- amarilla- azul- verde (Canziani et al., 2020). Asimismo, ha quedado demostrado que niñas/os en edad escolar expuestas/os a pesticidas sufren problemas de salud crónicos (Bernardi et al., 2015) y agudos (Alarcón et al., 2005).

Prohibición de herbicidas en plantas urbanas

Un paso importante en el camino hacia la prohibición de la fumigación con herbicidas en plantas urbanas es llevar un registro de aplicaciones. Este registro se logra con vecinas/os que informan a organismos ambientalistas como CCA o por observaciones propias. Por ejemplo, en 9J se destacan los siguientes registros de fumigaciones con herbicidas: predio del Servicio Meteorológico Nacional que queda frente a una escuela, en el perímetro de la Cooperativa Eléctrica que queda frente a otra escuela, en el perímetro de una industria metalúrgica y un ingeniero agrónomo matriculado para emitir recetas agronómicas que fumigó la vereda de un vecino.

Un argumento importante es que si hay un espacio de exclusión (por ejemplo, 200 m para 9J) de aplicaciones terrestres alrededor de la ciudad, y fuera de esa zona se debe aplicar con receta agronómica, ¿cómo puede ser que una vecina/o apliquen sin ningún control en veredas, terrenos y jardines? El glifosato se vende en forma libre en diversos comercios de la ciudad en envases de 250 ml en una concentración del 48%. Considerando una dosis de 1kg por ha, estos 250 ml alcanzan para un terreno de aproximadamente 1250 m2. O sea un terreno de 43 de fondo X 29 de frente o una vereda de 4 m de ancho x 300 m de largo. Son superficies nada despreciables, y por problemas de volatilización y dispersión de polvillo por el viento ya discutidos en secciones anteriores, pueden afectar a sectores importantes de la población urbana. Asimismo, no hay manera de controlar la concentración ni modalidad con que la/el vecina/o fumigue con el herbicida. Puede, por ejemplo, volcar el contenido de la botella tal cual la compró al 48% de concentración sobre el pasto que crece entre las baldosas de una vereda, y una niña/o sufrir una intoxicación aguda.

Los residuos de herbicidas que quedan sobre las veredas, o sobre un terreno o lote, son arrastrados por el agua cuando llueve o se baldea una vereda. En el caso de 9J esta agua termina en la laguna del parque, quedando los herbicidas y sus derivados concentrados en el sedimento barroso del fondo de la laguna. Estos residuos de herbicidas, sumado a otros factores, generan las condiciones propicias para la proliferación de las cianobacterias; un fenómeno que obligó al cierre del parque durante 3 semanas en enero 2021.

Otro motivo de quejas frecuentes es el efecto que genera un herbicida en los jardines y huertas de las casas vecinas; no necesariamente las quejas son referidas a la salud ya que los efectos pueden ser crónicos y no agudos.

Además del glifosato, otro producto que es de venta libre es el herbicida selectivo MCPA. Su clasificación toxicológica es de banda azul, tóxico para aves, deben evitarse las contaminaciones de fuentes y cursos de agua; y el tiempo de reingreso al área tratada debe ser mayor a 48 horas[14]. Claramente no es un producto apto para ser utilizado en espacios urbanos de ningún tipo.

El Código Urbano (2020) de la ciudad de 9 de Julio en su artículo 1.5.3- inciso (a) dice: “No se puede expeler a la atmósfera efluentes o residuos gaseosos (polvos, nieblas, humos, vapores o gases nocivos o irritantes) que puedan causar perjuicio a la salud y bienestar de las personas.” O sea que ya están prohibidos. El Secretario de Vivienda y Urbanismo de la Municipalidad de 9J entendió que prohibir el uso de herbicidas en la planta urbana era “forzar la interpretación del Código” (comunicación personal, 30/04/21). Sin embargo, por las evidencias presentadas en el presente trabajo, no es necesario forzar nada. Sin embargo, no estaría de más que en una nueva ordenanza figure la prohibición en forma explícita.

Compromiso de las autoridades y publicaciones del sector agroindustrial

Una herramienta que puede resultar eficaz es lograr el compromiso de los candidatos a intendente durante las campañas electorales. Desde CCA le propusimos una encuesta a los candidatos previo a las elecciones del año 2019, en la cual una de las preguntas fue: “Durante el primer año de mi gestión voy a impulsar un cambio en el artículo 6 de la Ordenanza No. 4821/2009 que regula el uso de agroquímicos en el partido de 9 de Julio, para que los que viven en los pueblos del partido tengan la misma protección frente a las fumigaciones que los habitantes de la ciudad cabecera”, a lo cual debían contestar entre 1 (nada de acuerdo) y 9 (totalmente de acuerdo). El actual intendente municipal contestó esa pregunta con un 8. En la discusión de la Mesa de Trabajo ya está presente el compromiso asumido como candidato.

9J tiene un parque con una superficie de 17 ha, en el cual hay una isla de aproximadamente 1 ha rodeada de laguna. Por iniciativa de algunas vecinas/os a la cual adhirió CCA, el Concejo Deliberante declaró a esta isla como Reserva Natural (Ordenanza 6270/2020). Que el municipio haya tenido que declarar ese mínimo espacio reserva natural, habla a las claras de la crisis ambiental que sufre el partido de 9 de Julio. El partido tiene un total de 423 mil ha, la gran mayoría de las cuales son rurales.

En una discusión sobre una ordenanza que pretenda regular el uso de pesticidas, hasta se puede recurrir a documentos y publicaciones del propio núcleo del sector agroindustrial, de la cuales se presentan los siguientes ejemplos:

  • Diario La Nación[15]: con el título “Un pacto que le podría sacar «canas verdes» al campo argentino”, informaba que para el año 2030 la Unión Europea se compromete a una reducción del 50% en el uso de pesticidas agropecuarios, y un aumento del 25% en el área dedicada a la agroecología. La nota señalaba que “los productores europeos iban a exigir a las autoridades que impongan restricciones similares a los productos que ingresan a la UE. En calidad de exportador neto de productos agroalimentarios, la Argentina se enfrentará próximamente al desafío de cumplir con medidas medioambientales para poder acceder al mercado internacional, sin que ello suponga obtener un mayor precio a cambio”. Y la nota cerraba con una pregunta: “¿Se está trabajando al respecto?”, cuya respuesta implícita era “no”.
  • El Presidente del Colegio de Ingenieros Agrónomos de la Provincia Buenos Aires, Rubén Herrera, declaró: “Obviamente, como Colegio nuestro objetivo es el cuidado del ambiente y la salud humana, y recién después el resultado productivo” [16]
  • CREA[17]: “El cambio de paradigma para diseñar planteos agronómicos fue uno de los temas centrales de la Tranquera Abierta organizada por la región CREA Santa Fe Centro. El cambio de paradigma implica salir de una agricultura de insumos para pasar a otra de procesos: dejamos de pensar que las soluciones vienen en latas para comenzar a investigar las causas de los problemas”.
  • AAPRESID: Bertolotto y Marzetti (2017) destacaron que “Un tema no menor es el impacto ambiental de las prácticas agronómicas empleadas, dada la fuerte demanda social hacia sistemas de producción más amigables. En este sentido, los cultivos de cobertura tienen mucho para aportar.”

Conclusiones

Las principales conclusiones del presente trabajo sobre ordenanzas que pretendan regular la aplicación de pesticidas fueron:

  1. La legislación vigente en la provincia de Buenos Aires prohíbe fumigar a menos de 2000 metros de centros poblados.
  2. Las superficies involucradas en las pretendidas reducciones de distancias de exclusión son mínimas en relación al total de hectáreas cultivadas. La jurisprudencia impide que haya regresión en derechos ambientales adquiridos.
  3. La fiscalización en zonas “sensibles” promovida por el sector agroindustrial es de difícil implementación y a lo sumo tiene un control limitado sobre las derivas primarias.
  4. Se analizó el fenómeno de las derivas secundarias, demostrando que son reales e incontrolables.
  5. Las escuelas rurales son particularmente vulnerables al efecto de las fumigaciones.
  6. Se propone que las ordenanzas incluyan la prohibición de fumigaciones urbanas con herbicidas.
  7. El compromiso de autoridades municipales y/o publicaciones del propio sector agroindustrial pueden ser útiles en pos de reducir el uso de pesticidas.

Participar en las discusiones tendientes a la promulgación de ordenanzas municipales que regulen la aplicación de pesticidas es una oportunidad para concientizar a los funcionarios y a la población en general sobre las consecuencias de su uso y exponer los argumentos que demuestran que no son necesarios; o en última instancia lograr ordenanzas que protejan lo más posible a la población y al medio ambiente.

Referencias

Alarcon, W. A., Calvert, G., Blondell, J., Mehler, L., Sievert, J., Propeck, M., Tibbetts, D., Becker, A., Lackovic, M., Soileau, S., Das, R., Beckman, J., Male, D., Thomsen, C. y Stanbury, M. (2005). Acute illnesses associated with pesticide exposure at schools. Journal of the American Medical Association, 294, 455-465.

Alonso, L., Demetrio, P.M., Etchegoyen, M.A. y Marino, D. (2018). Glyphosate and atrazine in rainfall and soils in agroproductive areas of the pampas region in Argentina. The Science of the Total Environment, 645, 89-96. https://doi.org/10.1016/j.scitotenv.2018.07.134

Antier, C., Kudsk, P., Reboud, X., Ulber, L., Baret, P. y Messéan, A. (2020). Glyphosate use in the European agricultural sector and a framework for its further monitoring. Sustainability, 12(14), 5682. https://doi.org/10.3390/su12145682

Aparicio, V. A., Gerónimo, E., Marino, D., Primost, J., Carriquiriborde, P. y Costa, J. (2013). Environmental fate of glyphosate and aminomethylphosphonic acid in surface waters and soil of agricultural basins. Chemosphere, 93, 1866-1873.

Aparicio, V., Zamora, M., Barbera, A., Castro-Franco, M., Domenech, M., De Gerónimoa, E. y Costa, J. L. (2018). Industrial agriculture and agroecological transition systems. A comparative analysis of productivity results, organic matter and glyphosate in soil. Agricultural Systems, 167, 103–112.

Barbieri, S.F., Vittori, S., Peluso, L. y Marino, D. (2018). Exposición ambiental a plaguicidas y caracterización del riesgo asociado para la salud infantil en escuelas rurales de Entre Ríos, Argentina. San Luis, Argentina, VII Congreso Argentino de la Sociedad de Toxicología y Química Ambiental.

Battaglin, W. A., Meyer, M. T., Kuivila, K. M. y Dietze, J. E. (2014). Glyphosate and its degradation product AMPA occur frequently and widely in U.S. soils, surface water, groundwater, and precipitation. Journal of the American Water Resources Association, 50, 275-290.

Bedmar, F., Daniel, P., Costa, J. y Giménez, D. (2011). Sorption of acetochlor, s-metolachlor, and atrazine in surface and subsurface soil horizons of Argentina. Environmental Toxicology and Chemistry, 30(9), 1990-1996. https://doi.org/10.1002/etc.602

Bedmar, F., Gimenez, D., Costa, J.L. y Daniel, P. (2017). Persistence of acetochlor, atrazine, and s-metolachlor in surface and subsurface horizons of 2 typic argiudolls under no-tillage. Environmental Toxicology and Chemistry, 36(11), 3065-3073. https://doi.org/10.1002/etc.3874

Benbrook, C. (2016). Trends in glyphosate herbicide use in the United States and globally. Environmental Science Europe, 28(1), 3.

Bernardi, N., Gentile, N., Mañas, F., Méndez, A., Gorla, N. y Aiassa, D. (2015). Evaluación del nivel de daño en el material genético de niños de la provincia de Córdoba expuestos a plaguicidas. Archivos Argentinos de Pediatría, 113(2),126-132.

Bertolotto, M y Marzetti, M. (2017). Manejo de malezas problema. Cultivos de cobertura. Bases para su manejo en sistemas de producción. Rosario: REM-AAPRESID.

Canziani, G., Aparicio, V., Cortelezzi, A., De Gerónimo, E., Fontanarrosa, M.S., Tisnés, A., … y Schimpf, K. (2020). Informe sobre agroquímicos plaguicidas en escuelas rurales del partido de Tandil. Tandil, Argentina, Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires.

Castro Berman, M., Marino, D., Quiroga, M.V. y Zagarese, H. (2018). Occurrence and levels of glyphosate and AMPA in shallow lakes from the Pampean and Patagonian regions of Argentina. Chemosphere, 200, 513-522. https://doi.org/10.1016/j.chemosphere.2018.02.103

Cerdá, E., Kiehr, J. y Sarandón, S. (2016). Produccion agroecológica de cereales y carne bovina en un establecimiento agropecuario extensivo (650 has) en el sudeste de la provincia de Buenos Aires de la República Argentina. El caso de “La Aurora”, una experiencia de 25 años. Roma: FAO.

Código Urbano. (2020). Código Urbano Ambiental de la Ciudad de Nueve de Julio y Localidad de El Provincial. 9 de Julio, Buenos Aires, Argentina, Municipalidad de 9 de Julio.

Das, S. y Hageman, K. (2020). Influence of adjuvants on pesticide soil−air partition coefficients, laboratory measurements and predicted effects on volatilization. Environmental Science and Technology, 54(12), 7302-7308. https://doi.org/10.1021/acs.est.0c00964

Dubois, D. 2018. Ordenanzas superadoras sobre el uso de agrotóxicos en pos de cuidar la Salud y el Ambiente. VIII Conferencia Latinoamericana y Caribeña de Ciencias Sociales, Buenos Aires, Argentina.

FAO (Organización de las Naciones Unidas para la Alimentación y la Agricultura) (2001). Guidelines on good practice for ground application of pesticides. Roma: FAO.

Glinski, D.A., Purucker, T., Van Meter, R., Black, M. y Henderson, W. (2018). Analysis of pesticides in surface water, stemflow, and throughfall in an agricultural area in South Georgia, USA. Chemosphere, 209, 496-507. https://doi.org/10.1016/j.chemosphere.2018.06.116

Gunier, R. B., Ward, M. H., Airola, M., Bell, E. M., Colt, J., Nishioka, M., Buffler, P. A., Reynolds, P., Rull, R. P., Hertz, A., Metayer, C. y Nuckols, J. R. (2011). Determinants of agricultural pesticide concentrations in carpet dust. Environmental Health Perspectives, 119(7), 970-976. https://doi.org/10.1289/ehp.1002532

IRAM (Instituto Argentino de Normalización y Certificación) (2016). Norma 12069, Fitosanitarios. Procedimiento para el lavado de envases rígidos vacíos de productos formulados miscibles o dispersables en agua. Buenos Aires: Instituto Argentino de Racionalización de Materiales (IRAM).

Kremer, R. J. (2017). Soil and environmental health after twenty years of intensive use of glyphosate. Advances in Plants and Agriculture Research, 6(5), 122-123.

Kunin, J., Pérez, F., Pieroni, M., Hough, G. y Verzeñassi, D. (2019). Desigualdad medioambiental en la pampa húmeda argentina, metodologías cualitativa y cuantitativa para evaluar la exposición a pesticidas de estudiantes de una escuela rural. L’Ordinaire des Amériques [En línea], 225. https://journals.openedition.org/orda/5351

Lee, S., Mehler, L., Beckman,J., Diebolt-Brown, B., Prado, J. y Lackovic, M. (2011). Acute pesticide illnesses associated with off-target pesticide drift from agricultural applications, 11 States, 1998–2006. Environmental Health Perspectives, 119, 1162-1169.

Linhart, C., Panzacchi, S., Belpoggi, F., Clausing, P., Zaller, J. y Hertoge, K. (2021). Year‑round pesticide contamination of public sites near intensively managed agricultural areas in South Tyrol. Environmental Sciences Europe, 33, 1. https://doi.org/10.1186/s12302-020-00446-y

Mao, M., Cryer, S., Altieri, A. y Havens, P. (2018). Predicting pesticide volatility through coupled above- and belowground multiphysics modeling. Environmental Modeling & Assessment, 23, 569-582.

Martens, F. (2012). Guía para el uso adecuado de plaguicidas y la correcta disposición de sus envases. Tandil: Estación Experimental INTA.

Nowatzki, J. (2018). Understanding air temperature inversions relating to pesticide drift. Fargo, North Dakota, EEUU: North Dakota State University Extension Service.

Ojea, N. G. (2017). Análisis comparativo de parámetros de eficiencia, operativos y económicos en la logística de una empresa de aplicación de agroquímicos bajo dos modalidades de trabajo. [Práctica Pre Profesional de Integración, Carrera de Ingeniería Agronómica]. Facultad de Agronomía, Universidad Nacional del Centro de la Provincia de Buenos Aires.

Pereyro, A., Montoya, J., Cristos, D., Rojas, D. y Porfiri, C. (2019). Depositación húmeda y seca de fitosanitarios en la ciudad de Pehuajó provenientes de fuentes de contaminación difusa. General Villegas, Memoria Técnica 2018-2019- INTA- EEA- Gral Villegas.

Potter, T. L. y Coffin, A. W. (2017). Assessing pesticide wet deposition risk within a small agricultural watershed in the Southeastern Coastal Plain (USA). The Science of the Total Environment, 580, 158-167. https://doi.org/10.1016/j.scitotenv.2016.11.020

Primost, J.E., Marino, D., Aparicio, V., Costa, L. y Carriquiriborde, P. (2017). Glyphosate and AMPA, “pseudo-persistent” pollutants under realworld agricultural management practices in the Mesopotamic Pampas agroecosystem, Argentina. Environmental Pollution, 229, 771-779.

Rodríguez, T., Van Wendel De Joode, B., Lindh, C.H., Rojas, M., Lundberg, I. y Wesseling, C. (2012). Assessment of long-term and recent pesticide exposure among rural school children in Nicaragua. Occupational Environmental Medicine, 69, 119-125.

Rosetti, L. y Lozano Coronel, A. (2019). Evaluación de híbridos de maíz en fechas de siembra temprana y tardía en INTA Rafaela durante la campaña 2018/19. INTA- Rafaela, Publicación Miscelánea Año VII- No3.

Sarandón, S.J. (2020). Biodiversidad, agroecología y agricultura sustentable. La Plata: Universidad Nacional de La Plata, EDULP.

Tepper, G. (2017). Weather essentials for pesticide application. Kingston, Australia: Grains Research & Development Corporation.

Tomasoni, M. (19 de noviembre de 2013). Generación de derivas de plaguicidas. Red Universitaria de Ambiente y Salud. https://reduas.com.ar/generacion-de-derivas-de-plaguicidas/

  1. Investigador Emérito- Comisión de Investigaciones Científicas Provincia de Buenos Aires – ConCiencia Agroecológica de 9 de Julio- Buenos Aires- Argentina. Correo de contacto: guillermohough@yahoo.com
  2. https://www.bcr.com.ar/es/mercados/gea/estimaciones-nacionales-de-produccion/estimaciones (recuperado 12/05/2021)
  3. https://datos.agroindustria.gob.ar/dataset/estimaciones-agricolas/archivo/95d066e6-8a0f-4a80-b59d-6f28f88eacd5 (recuperado 12/05/2021)
  4. https://www.bbc.com/mundo/noticias-51575375 (recuperado 13/05/2021)
  5. https://www.9dejulio.gov.ar/ambiente-agroquimicos.php (recuperado 13/05/2021)
  6. https://www.scba.gov.ar/novedades.asp?date1=&date2=&expre=picorelli&id=1&clase=2&cat=0&fuero= (recuperado 27/05/21)
  7. https://www.aapresid.org.ar/blog/condiciones-ambientales-al-momento-de-aplicar/ (recuperado 19/05/21)
  8. https://extension.psu.edu/ways-to-reduce-spray-drift-and-other-considerations (recuperado 19/05/21)
  9. https://www.smn.gob.ar/descarga-de-datos (recuperado 27/05/21)
  10. https://www.aapresid.org.ar/blog/municipio-verde-un-lazo-entre-el-campo-y-la-ciudad/ (recuperado 30/05/21)
  11. https://reduas.com.ar/el-inta-demuestra-contaminacion-con-agrotoxicos-en-el-partido-de-lobos/ (recuperado 24/05/21)
  12. https://www.lacapitalmdp.com/detectan-agua-contaminada-con-glifosato-en-cuatro-escuelas/ (recuperado 30/03/2021)
  13. https://www.lanoticia1.com/noticia/peligro-hallan-7-agrotoxicos-en-una-escuela-rural-de-san-antonio-de-areco-72465.html (recuperado 30/03/2021)
  14. https://albaugh.com.ar/atapi/v1/producto/Mcpa%20Amina%2075 (recuperado 26/05/21)
  15. https://www.lanacion.com.ar/economia/campo/un-pacto-le-podria-sacar-canas-verdes-nid2586204/ (recuperado 30/03/2021)
  16. https://www.tiempoar.com.ar/activo-ambiental/pergamino-el-nucleo-sojero-que-se-convirtio-en-simbolo-de-la-lucha-contra-el-agronegocio (recuperado 30/03/2021)
  17. https://www.crea.org.ar/nconstruyendo-un-nuevo-paradigma-agricola/ (recuperado 30/03/2021)