Derechos de la naturaleza y minería en el bosque protector “Los Cedros” – Ecuador

Dic 14, 2022 | Artículo Ciencia Digna_N02

Rights of nature and mining in the protective forest “Los Cedros” – Ecuador

Bravo, Elizabeth[1]

RESUMEN: El bosque protector “Los Cedros” en el Ecuador ha sido concesionado por el Estado al extractivismo minero. Los Cedros alberga un tipo de vegetación de gran importancia por su rol en el ciclo del agua y por su alta vulnerabilidad: es un bosque nublado. Lo mismo sucede con otras áreas que conforman el corredor ecológico del sur de la Reserva Cotacachi-Cayapas, que son además el hogar de especies de flora y fauna en peligro. En este artículo se sitúa a Los Cedros como parte de un complejo de conservación, donde las actividades mineras podrían poner en peligro la continuidad de los ciclos biológicos, la estructura y funciones que éste protege, vulnerando los derechos de la naturaleza reconocidos por la Constitución del Ecuador.

PALABRAS CLAVE: Integralidad ecológica. Ecosistemas frágiles. Corredores de conectividad ecológica. Bosque nublado. Nuevos sujetos de derechos.

ABSTRACT: The protective forest “Los Cedros” in Ecuador has been leased by the State to mining extractivism. Los Cedros is home of a vegetation community of great importance due to the role it plays in the water cycle and due to its high vulnerability: it is a cloud forest. The same happens with other areas that make up the ecological corridor to the South of the Cotacachi-Cayapas Reserve, which are also home to endangered species of flora and fauna. This article places Los Cedros as part of a conservation complex, where mining activities could endanger the continuity of biological cycles, the structure and functions that it protects, violating the rights of nature recognized by the Constitution of Ecuador.

KEYWORDS: Ecological integrity. Fragile ecosystems. Ecological connectivity corridors. Cloud forest. New subjects of rights.

Introducción

La Constitución del Ecuador reconoció derechos a la naturaleza. Esto fue el resultado de un largo proceso de lucha de distintas organizaciones indígenas y ecologistas del país en defensa de una naturaleza entendida como el territorio donde se realiza y reproduce la vida, no solo de los entes naturales, sino de los pueblos. Por tal razón, el texto constitucional habla de Naturaleza o Pachamama, que forma parte de la cosmovisión de los pueblos andinos, donde nos sabemos cultura, pero también naturaleza. La aplicación de los derechos de la naturaleza es parte de la lucha en contra del extractivismo, de la expansión agroindustrial y de la defensa por los territorios de los pueblos y comunidades.

Sobre los derechos de la naturaleza, la Constitución del Ecuador dice:

Art. 71.- La naturaleza o Pacha Mama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos (Constitución de la República del Ecuador, 2008, art. 71).

Esta visión de naturaleza adoptada por la Constitución ecuatoriana, está en franca oposición con la que defienden las organizaciones conservacionistas, que promulgan un modelo de conservación sin gente, pero con empresas. Por ejemplo, para explicar la problemática que atraviesan los bosques nublados tropicales, Bubb y Hostellert (2000) señalan como sus principales amenazas: la pobreza rural, la inseguridad, las poblaciones en crecimiento; su transformación en tierras de pastoreo para el ganado o para la plantación de cultivos hortícolas y de subsistencia, y los devastadores impactos que tiene el extractivismo minero o la construcción de grandes complejos hidroeléctricos en estos bosques, que son comunes en estos ecosistemas.

En este artículo se presenta, desde la perspectiva de los derechos de la naturaleza, la problemática de las intenciones de hacer minería metálica a gran escala en bosques designados como protectores y/o como zonas de amortiguamiento de áreas protegidas, especialmente en los bosques nublados, ecosistemas que se encuentran en las estribaciones de la Cordillera de Los Andes. Se presenta el caso del bosque protector “Los Cedros”.

Incompatibilidad de la minería con los derechos de la naturaleza y el derecho ambiental

La minería es una actividad que implica la destrucción de toda la capa vegetal existente, del suelo y la roca, haciendo uso de explosivos peligrosos y maquinaria de gran capacidad de extracción para remover el material pétreo del subsuelo.

La roca extraída es movilizada y procesada, ocupando otras áreas cercanas a la mina. Ahí se genera gran cantidad de desechos líquidos y sólidos que son depositados directamente en el ambiente. Para separar el mineral de la roca, se utilizan productos químicos muy contaminantes como mercurio o cianuro, que eventualmente también entran al ambiente. La mayor parte del material que se extrae se convierte en desecho. En el caso de la minería del cobre, incluso más del 95% de la roca original removida puede convertirse en residuo. Todos esos residuos son depositados en infraestructura diseñada exclusivamente como depósitos de desechos (sólidos y líquidos) que eventualmente llegan a los cuerpos de agua superficiales y a las napas interiores.

La actividad minera requiere además de grandes cantidades de agua tanto para el chanchado o “molienda del material rocoso”, como para la generación de electricidad[2]. Es decir, la minería afecta al agua de dos maneras: usa grandes cantidades de agua para sus operaciones y las devuelve contaminada a la naturaleza.

Las prácticas operacionales del extractivismo minero en zonas de tanta fragilidad, como son las estribaciones de la cordillera de Los Andes ecuatorianos, son incompatibles con los derechos de la naturaleza. Sus impactos son tan grandes en los ecosistemas que ponen en peligro la existencia de especies de alto endemismo y con rangos de distribución reducidos, atentan contra el mantenimiento de la compleja estructura y funciones de los bosques nublados, e impide la regeneración de ciclos naturales, como es el ciclo del agua.

La minería a gran escala es también incompatible con el derecho ambiental ecuatoriano, puesto que la legislación del país prohíbe actividades extractivas en áreas protegidas; les da un estatus especial de protección a sus zonas de amortiguamiento, a los bosques protectores, a los corredores ecológicos y a los ecosistemas frágiles.

El bosque protector Los Cedros

El bosque protector Los Cedros, de 6.400 hectáreas, está ubicado en García Moreno, cantón Cotacachi, provincia de Imbabura, Ecuador. Como muchos lugares del Ecuador, es considerado como una joya de biodiversidad, por las especies de flora y fauna que albergan sus bosques nublados.

Por ser bosque montano, se extiende en un gradiente altitudinal de entre 980 a 2200 msnm, lo que explica la riqueza de su biodiversidad, pues está conformado por distintos pisos altitudinales, con nichos ecológicos únicos. En su estudio sobre Los Cedros, Roy et al. (2018) señalan que esta área protegida se encuentra en una zona remota que protege al menos 178 especies con alto riesgo de extinción: 2 especies de mamíferos críticamente amenazadas, 24 especies en peligro de extinción, 99 especies vulnerables, y 53 especies casi amenazadas[3]. Esta información surgió tras inventariar parte de la flora (especialmente orquídeas) y de la fauna (aves, mamíferos, reptiles y anfibios), en cuyo proceso identificaron en total 770 especies, de las cuales 157 son endémicas.

La protección del Bosque Protector Los Cedros está correlacionada con la de otros bosques protectores y áreas protegidas existentes en la zona, que conforman un importante complejo de conservación al Sur de la Reserva Ecológica Cotacachi – Cayapas[4]. Toda la región está amenazada por concesiones mineras.

Los Cedros fue declarado como bosque y vegetación protectora en 1994 por el Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre (INEFAN, 1995). De manera contradictoria, el Ministerio de Minas otorgó dos concesiones de minería metálica a la Empresa Nacional Minera del Ecuador (ENAMI EP): “Río Magdalena 01 (Ministerio de Minería Ecuador, 2017a) y “Río Magdalena 02” (Ministerio de Minería Ecuador, 2017b), que se superponen con el bosque protector. Posteriormente, el Ministerio del Ambiente y Agua (2017) otorgó a este proyecto minero el registro ambiental para la fase de exploración inicial de la concesión minera.

El bosque nublado como sujeto de derechos

Los bosques nublados son formaciones vegetales siempre-verdes, envueltos frecuentemente por nubes y niebla. “Cada tronco de árbol, cada rama y superficie de roca están cubiertos de musgos, helechos, orquídeas y otras plantas epífitas” (Bubb y Hostellert, 2000, p. 2).

Estos bosques juegan un papel vital como fuentes y proveedores de agua dulce para poblaciones humanas y ecosistemas, y poseen fuertes valores espirituales y culturales en muchas partes del mundo. Aun así, los bosques nublados se encuentran en serio peligro, pues en distintas partes del mundo quedan apenas fragmentos de sus extensiones originales.

Su rol en el ciclo del agua es muy importante, ya que suelen aumentar los suministros de agua locales al eliminar la humedad de la atmósfera envuelta en niebla que, de otro modo, permanecería en forma de vapor. Esta mayor deposición de agua en las copas de los bosques nubosos excede la evaporación del agua de esas copas, lo que resulta en una ganancia neta en el rendimiento hídrico. Debido a que su follaje está constantemente húmedo, los bosques nublados tienen menores requisitos de evapotranspiración, por lo que bombean menos humedad desde el suelo hacia la atmósfera. Como resultado, para un nivel dado de lluvia, los caudales que se originan en los bosques nublados tienden a ser mayores que en pastizales u otros tipos de cobertura vegetal (Postel y Thompson, 2005).

Estos bosques son, además, centros de biodiversidad. A pesar de su área relativamente tan pequeña, por ejemplo en comparación con la Cuenca Amazónica, contienen concentraciones excepcionales de la biodiversidad mundial, tanto de flora como de fauna (Bubb y Hostellert, 2000). Debido a los altos niveles de endemismo y a su área reducida, también reúnen un alto número de especies amenazadas: 400 de las 1.200 especies de aves amenazadas están asociadas a bosques montanos tropicales.

La ciencia occidental está constantemente encontrando nuevas especies endémicas en los bosques nublados del Ecuador. Se cree que tal riqueza extraordinaria en especies endémicas refleja la interacción del aislamiento y la creación de numerosos nichos ecológicos durante la elevación de los Andes y, posteriormente, a las fluctuaciones climáticas pasadas, incluyendo los ciclos glaciales. Estos cambios hicieron que los cinturones altitudinales de los bosques montanos en América Central y del Sur se movieran a distancias elevadas considerables y que algunas áreas quedaran en aislamiento, lo que permitió que emergieran nuevas especies (Bruijnzeel et al., 2010).

Estos ecosistemas albergan, además, algunas plantas medicinales y alimenticias vitales. Ejemplo de las primeras son especies del género Cinchona, árboles de cuya corteza se extrae la quinina, que durante mucho tiempo se ha usado como remedio para la malaria. Los parientes silvestres de muchos cultivos alimenticios templados, tales como la frambuesa, el arándano y la grosella, así como muchas especies de frijoles, provienen del hábitat del bosque nublado (Bubb y Hostellert, 2000).

Como otros componentes de la naturaleza, los bosques nublados son sujeto de derechos, por lo que el Estado debe precautelar su existencia y el mantenimiento y regeneración de su estructura, funciones, ciclos biológicos y evolutivos.

El bosque nublado como víctima

Siendo sujeto de derechos, los bosques nublados han sido puestos en peligro de manera irreversible por el Estado al haber otorgado múltiples concesiones para minería y para la construcción de represas hidroeléctricas.

La minería a gran escala implica la completa destrucción de la capa de vegetación por la apertura de inmensos cráteres en forma de bancos o escalones gigantes para extraer los minerales. Dichas aperturas afectan a gigantescas superficies de terreno, con la consiguiente pérdida de toda la vegetación existente en las áreas de explotación, y con ello, de todos los seres vivos que habitan en la zona. Los impactos del extractivismo minero son tan grandes en los ecosistemas que pueden poner en peligro de extinción especies de alto endemismo y con rangos de distribución reducidos. A esto se suma la contaminación de los desechos generados en las distintas fases de la actividad.

En áreas protegidas, las actividades mineras están prohibidas, tal como fue decidido a través de una consulta popular celebrada en febrero 2018, donde se le preguntó al pueblo ecuatoriano si estaba de acuerdo con que se prohíba la explotación minera en todas sus fases en estas áreas; sin embargo, hay otras categorías de conservación que no forman parte del sistema nacional de áreas protegidas, pero que también juegan roles importantísimos en la conservación de la biodiversidad, como son los bosques protectores[5]: estos deberían, asimismo, ser excluidos de las actividades mineras (Páez, 2018). Al no estar cubiertos por dicha prohibición, los bosques protectores son víctimas de la falta de protección, porque siguen siendo sujetos de derechos.

En el Ecuador hay aproximadamente 735.597 hectáreas de bosques protectores bajo algún tipo de concesión exploratoria minera, lo que representa más del 30% de la superficie nacional cubierta por bosques protectores. Hay además 37 bosques protectores con más de 1.000 hectáreas, donde al menos el 10% de su área total está bajo la figura de concesión minera: 27 bosques protectores con más del 50% y 15 con más del 90% de su área total incluida en las concesiones mineras, las cuales representan más del 98% de las concesiones mineras en los bosques protegidos del Ecuador. Esta información fue producida por Vandegrift et al. (2017) para el Rainforest Information Center, donde además se muestra que estas actividades tienen un impacto desproporcionado sobre los bosques protectores del Ecuador.

De acuerdo con la legislación ambiental ecuatoriana, los bosques protectores son:

…formaciones vegetales, naturales o cultivadas, arbóreas, arbustivas o herbáceas, de dominio público o privado, declarados como tales por encontrarse en áreas de topografía accidentada, cabeceras de cuencas hidrográficas o zonas que por sus condiciones climáticas, edáficas e hídricas deben ser conservadas, así como los bosques de importancia ritual ceremonial, cultural o histórica (Código Orgánico Ambiental, 2017, glosario).

El Ministerio del Ambiente en su sitio web[6] añade que los bosques protectores no son aptos para la agricultura o la ganadería, explica que sus funciones son precisamente las de conservar el agua, el suelo, la flora y la fauna silvestres, y los califica como una categoría complementaria para la conservación de la biodiversidad terrestre continental del Ecuador. Añade que con los bosques protectores se incrementa la superficie destinada a la conservación y la representatividad de la biodiversidad en el Ecuador, y que, a través de ellos, se asegura la conectividad dentro del Sistema Nacional de Áreas Protegidas; además, estos bosques actúan como zonas de amortiguamiento de algunas áreas protegidas.

Los bosques protectores pueden contribuir a la conservación de la biodiversidad porque:

  • representan comunidades naturales distintas dentro de los paisajes de conservación y las redes de áreas protegidas
  • mantienen procesos ecológicos y evolutivos que crean y sustentan la biodiversidad
  • mantienen poblaciones viables de especies
  • conservan bloques de hábitat natural lo suficientemente grandes como para ser resistentes a perturbaciones a gran escala y cambios a largo plazo

Las actividades de comunidades campesinas e indígenas son compatibles con la lógica de manejo de los bosques protectores y, en muchos casos, son miembros de estas comunidades sus principales defensores.

Elementos desde la ciencia para aplicar los derechos de la naturaleza en el bosque protector Los Cedros

En algunas regiones del país hay varios bosques protectores interconectados y de la integralidad del total del área depende la conservación de cada uno de ellos. Desde esta lógica, el bosque protector Los Cedros es parte del Corredor de Conservación Chocó-Manabí[7]. Para asegurar la preservación de este complejo de conservación y de otros existentes en el país, hay que tomar en cuenta los siguientes aspectos:

Integralidad ecológica

La articulación de un sistema interconectado entre las áreas protegidas, bosques protectores y zonas de amortiguamiento asegura la integralidad ecológica de los biomas que se quiere preservar y es esencial para mantener áreas biológicamente viables en el mediano y largo plazo.

La fragmentación de los bosques protectores los hace muy vulnerables al deterioro ambiental y a un proceso de deriva génica (es decir, la pérdida de la diversidad genética). Por esto, es necesario que se mantenga la integralidad de los mismos para asegurar una interconectividad y, de esta manera, asegurar la viabilidad a largo plazo de las poblaciones y comunidades biológicas, así como de las funciones ecológicas que cumplen, como la captación y almacenamiento de agua y dióxido de carbono, y de los ciclos geobioquímicos de los que depende la vida en estos biomas.

En el caso del bosque protector Los Cedros, este protege los últimos remanentes de bosque nublado del norte de los Andes ecuatorianos y está interconectado con varios bosques protectores y bloques forestales del Estado. De acuerdo a la organización “Conservación Internacional”, este bosque forma parte de un núcleo de conservación del norte del Corredor de Conservación Chocó-Manabí. El bosque Los Cedros, junto con otras zonas, como la Reserva Ecológica Cotacachi-Cayapas y el conjunto de bosques protectores y zonas de amortiguamiento aledañas, aseguran la integridad ecosistémica de dicho corredor. Estas reservas forman un corredor en la zona sur de la Reserva Ecológica Cotacachi-Cayapas, que está lamentablemente rodeada por concesiones mineras (Ganzenmüller et al., 2010).

La integralidad ecológica de los biomas protegidos por este complejo de conservación está en peligro, pues las concesiones mineras no solo afectan al bosque protector, sino a la Reserva Manduriacu de la Fundación EcoMinga y al ACUS (área de Conservación y Uso Sustentable) Municipal Intag Toisán.

Conectividad

Hay muchos bosques protectores que se encuentran conectados entre en sí y con áreas protegidas, pero el estado de conservación es, en muchos casos, precario, lo que hace difícil la continuidad de algunos procesos ecológicos importantes como la polinización, la dispersión de semillas y el flujo génico entre poblaciones. La importancia de la mencionada interconectividad también radica en que estos bosques protectores se encuentran en la periferia de los núcleos de las áreas protegidas y de los corredores ecológicos.

Las redes de áreas protegidas ayudan a proporcionar resiliencia a las formaciones vegetales, en particular en un contexto de cambio climático; por ello, es importante asegurar que se mantengan las conexiones y los corredores entre áreas protegidas, donde los bosques protectores juegan un papel fundamental (Sayer, 2005).

El bosque protector Los Cedros está ubicado al norte del río Guayllabamba, cerca de su confluencia con el río Magdalena, y es adyacente a la Reserva Ecológica Cotacachi-Cayapas. Ocupa parte de la cordillera de Toisán y está rodeado por tres ríos importantes: el Manduriaco Grande, el Verde y el Magdalena Chico. Este es un complejo de conservación vital para asegurar la conectividad de ecosistemas, especies y genes. En este contexto, las operaciones mineras interrumpirían este flujo.

Diversidad

La consolidación de los bosques protectores como áreas de conservación ayuda, en gran medida, a disminuir los vacíos de conservación para algunos grupos taxonómicos, especialmente cuando se trata de especies endémicas (es decir, que tienen un rango de distribución muy pequeña).

Los bosques protectores, por su reducido tamaño en términos biológicos, pueden tener niveles altos de biodiversidad alfa, es decir, el número de especies en un área pequeña, formada por varios microclimas y pisos altitudinales, como es el caso de Los Cedros. Al estar estos bosques tan interconectados con otras unidades de conservación, se incrementa considerablemente la biodiversidad beta, que es la diversidad que hay en diferentes ecosistemas en gradientes ambientales, indicándonos qué tan grande es el cambio de las especies de un ecosistema a otro (o el recambio de especies de un hábitat a otro). Los bosques protectores incrementan además la representatividad de especies en los complejos de conservación área protegida / bosque protector / área de amortiguamiento, es decir la biodiversidad gamma, que es el número total de especies observadas en todos los hábitats de una determinada región.

El bosque protector Los Cedros mantiene una alta diversidad. Por ejemplo, se han identificado más de 350 especies de aves, 180 especies de orquídeas y 600 especies de polillas; asimismo, está presente el mono cabeza café (Ateles fusciceps), un mono araña que se encuentra en serio peligro de extinción y que tiene un área de distribución restringida a los bosques montanos del noreste de Esmeraldas y al noroeste de Carchi. El endemismo es también, muy alto, como ocurre en otros bosques nublados del Ecuador (León Yánez et al., 2011).

Un estudio hecho por Roy et al. en 2018 sobre el impacto que tendrán las concesiones mineras en el complejo de conservación de la zona sur de la Reserva Cotacachi – Cayapas, donde se incluye el bosque protector Los Cedros, encontró que hay ocho (8) especies en peligro crítico de extinción, incluidos dos primates (el mono araña de cabeza marrón y el mono capuchino de frente blanca), 37 especies en peligro de extinción, 153 vulnerables, 89 casi amenazadas y una gran cantidad de especies menos amenazadas. Sus datos muestran, además, que cada reserva protege un subconjunto único de taxones en esta región, incluyendo especies endémicas altamente localizadas (Roy et al., 2018).

Elementos desde la gobernanza/institucionalidad política/ambiental para el bosque Los Cedros

El corpus legal ecuatoriano reconoce varios tipos de categorías de protección de los ecosistemas. En primer lugar, están las áreas protegidas que forman parte del “Sistema Nacional de Áreas Protegidas” las que, a más de los parques nacionales y las reservas ecológicas, incluyen las áreas protegidas declaradas por los gobiernos locales descentralizados y las reservas comunitarias.

Las zonas de amortiguamiento y los ecosistemas frágiles están regulados en el Código Orgánico Ambiental (2017): el artículo 56 trata sobre los tipos de áreas especiales para la conservación de la biodiversidad[8].

Estas áreas especiales son complementarias al Sistema Nacional de Áreas Protegidas y tienen como objetivo asegurar la integridad de los ecosistemas, la funcionalidad de los paisajes, la sostenibilidad de las dinámicas del desarrollo territorial y la recuperación de las áreas que han sido degradadas o se encuentran en proceso de degradación, entre otros.

Aunque la creación de estas áreas especiales podrá ser impulsada por iniciativa pública, privada o comunitaria, será la autoridad ambiental (en este momento, el Ministerio de Ambiente y Agua) quien establecerá los criterios de su creación y las funciones que estas áreas cumplirán. Lamentablemente, la autoridad ambiental del Ecuador se encuentra en estos momentos sumamente debilitada, pues se ha desvinculado a cerca de 900 funcionarios, especialmente relacionados con el sistema de áreas protegidas, con el fin de “optimizar recursos”.

Entre estas áreas especiales de conservación se incluyen los bosques protectores, las zonas de amortiguamiento de áreas protegidas y los corredores de conectividad.

Las zonas de amortiguamiento

El bosque protector Los Cedros está en la zona de amortiguamiento de la Reserva Ecológica Cotacachi-Cayapas, al encontrarse en el sector suroccidental de la misma.

Aunque las áreas protegidas constituyen la estrategia más importante para la conservación de la biodiversidad, ésta no puede lograrse si no se toman en cuenta las zonas que están bajo su influencia, conocidas como “áreas de amortiguamiento”, que constituyen por lo tanto un instrumento complementario de protección de las áreas protegidas. Las zonas de amortiguamiento no pueden ser manejadas de manera aislada, sino como parte integrada del área protegida a la que pertenece.

El amortiguamiento equivale a un cinturón ecológico que amplía el área hacia la zona circundante, permitiendo extender el rango de reproducción de las poblaciones de especies de flora y fauna. La lógica de conservación desde una perspectiva más compleja disminuye la posibilidad de pérdida de variabilidad genética en las poblaciones protegidas.

Otra función de las áreas de amortiguamiento es optimizar la interrelación entre los factores ecológicos (logrando mayor viabilidad del área protegida) y los factores socioculturales, en beneficio de la calidad de vida de las comunidades locales.

Las áreas de amortiguamiento cumplen varias funciones ecológicas:

  • Protección de toda el área, como la conservación del agua y los suelos.
  • Amplía el rango de distribución de poblaciones biológicas.
  • Es una barrera para el ingreso de actividades extractivas, industriales y de megainfraestructuras.
  • Protege la zona núcleo del área protegida del ingreso de especies adventicias y exóticas.
  • Provee una protección extra por daños causados en el área por eventos naturales extremos como sequías, tormentas, heladas.
  • Extiende el tamaño de las poblaciones de flora y fauna protegidas.

Funciones sociales

  • Ayuda a mejorar la calidad de vida de las poblaciones locales.
  • Mejora la calidad ambiental.
  • Construye una base social para la conservación del área.
  • Provee un acervo de flora y fauna para el beneficio de las comunidades locales.
  • Provee servicios para el área protegida (centros de interpretación ambiental, servicios de alimentos, albergues a visitantes e investigadores).

De acuerdo a Sayer (1991), el valor de una zona de amortiguamiento se incrementa cuando cumple estos criterios:

  • Que la cobertura vegetal se mantenga en condiciones muy similares a las existentes en el área.
  • Que se mantenga una composición florística similar a la existente en el área, al igual que los ciclos biológicos (del agua, carbono y de otros nutrientes).
  • Las actividades productivas deben estar en manos de la población local.

La fragmentación causada por las operaciones mineras en las zonas de amortiguamiento puede exacerbar los procesos de deriva génica.

Ecosistemas frágiles

El complejo de conservación de la zona sur de la Reserva Cotacachi – Cayapas alberga varios tipos de vegetación considerada por la legislación del país como “ecosistemas frágiles”. La Constitución del Ecuador confiere un estatus especial de conservación a los mismos; además, establece que el Estado debe regular “la conservación, manejo y uso sustentable, recuperación y limitaciones de dominio de los ecosistemas frágiles y amenazados”. Entre los tipos de ecosistemas frágiles se incluye a los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y marinos-costeros (Constitución del Ecuador, 2008, art. 406).

En cumplimiento con lo estipulado por la Constitución, la legislación ambiental define en los siguientes términos a los ecosistemas frágiles:

Son zonas con características o recursos singulares muy susceptibles a cualquier intervención de carácter antrópico, que producen en el mismo una profunda alteración en su estructura y composición. Son ecosistemas frágiles, entre otros, los páramos, humedales, bosques nublados, bosques tropicales secos y húmedos y manglares, ecosistemas marinos y marinos-costeros (Código Orgánico Ambiental, 2017, glosario).

Este código añade que el “manejo sostenible de los ecosistemas, con especial atención a los ecosistemas frágiles y amenazados” (Art. 5.2), incluyendo los bosques nublados, es parte integrante del derecho de los ciudadanos a vivir en un medio ambiente sano.

Estos ecosistemas son considerados frágiles por el grado de amenaza sufrido a causa de actividades antrópicas, las que provocan graves desequilibrios en la naturaleza, y por lo tanto requieren un manejo adecuado para asegurar su permanencia. Estos ecosistemas cumplen varias funciones ecológicas importantes, incluyendo:

  • la preservación de entornos naturales, los ecosistemas, comunidades biológicas, especies, poblaciones, razas o variedades animales y vegetales presentes en estos tipos característicos de ecosistemas.
  • resguardan la continuidad evolutiva de las poblaciones biológicas, los procesos ecológicos, la estructura de los ecosistemas y la variabilidad de los mismos.

Los ecosistemas frágiles constituyen centros de endemismo y generalmente poseen altos niveles de biodiversidad; son el hogar de especies en peligro de extinción que en la mayoría de casos se hallan en proceso de erosión genética. Asimismo, estos ecosistemas tienen en muchos casos un particular significado cultural, por ejemplo, espiritual, religioso o sagrado, para las poblaciones locales.

Corredores de conectividad

Algunos de los objetivos de los corredores de conectividad incluyen reducir la fragmentación del paisaje y los riesgos asociados al aislamiento de poblaciones y vida silvestre, y mantener flujos migratorios y dinámicas poblacionales que contribuyan a mantener la salud de los ecosistemas; estos corredores se establecerán entre áreas protegidas y otras zonas especiales de conservación.

Lo contradictorio de la norma ecuatoriana es que, si bien entrega a los gobiernos locales descentralizados la potestad de incorporar a los corredores en sus planes de ordenamiento territorial y diseñar los mecanismos sobre cómo la conectividad aporta a la conservación regional, el gobierno central puede entregar concesiones mineras en cualquier lugar del corredor, como sucede con el bosque protector Los Cedros y otras áreas que son parte del corredor ecológico al sur de la Reserva Ecológica Cotacachi – Cayapas, su zona de amortiguamiento y un conjunto de bosques protectores. En las otras unidades de conservación hay también varias especies de flora y fauna en peligro y sobre ellas también pesan concesiones mineras. Esto significa que el entero complejo de conservación de la zona sur de la Reserva Cotacachi – Cayapas, gran parte ubicado en bosques nublados, está en estado crítico.

Los patrones de remanencia y el contexto paisajístico de los bosques protectores localizados hacia el sur de la mencionada Reserva, siguiendo los páramos y bosques altoandinos de las cordilleras de Toisán, Mindo-Nambillo y la cuenca alta del río Guayllabamba, permitirían garantizar la conectividad de esta zona con la Reserva Ecológica Illinizas. Así, los bosques protectores y zonas de amortiguamiento localizados en estas cordilleras cobran una importancia enorme para la factibilidad del funcionamiento del Corredor.

La gran mayoría de concesiones mineras se encuentran en el bosque andino, gran parte con bosques nublados, reconocidos por la Constitución como ecosistemas frágiles, por lo que se considera que las estribaciones de los Andes tropicales constituyen una de las prioridades de conservación más críticas en todo el mundo; el Estado tiene la obligación de tomar medidas para precautelarlas y hacer respetar los derechos de la naturaleza en esta zona.

Conclusiones

La Constitución del Ecuador reconoce a la naturaleza como nuevo sujeto de derechos, lo que implica que el Estado y la sociedad se comprometen a asegurar su derecho a la existencia y al mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos[9], de ecosistemas de gran complejidad como son los bosques nublados, y por lo tanto de los bosques protectores que albergan estos bosques, como es el caso de Los Cedros.

Este mandato constitucional va más allá de la aplicación de una serie de planes de manejo y evaluaciones de riesgo que pretenden hacer parecer compatible la conservación con actividades extractivistas como la minería, o de visiones conservacionistas que se centran en la protección de especies carismáticas en peligro de extinción, de manera que éstas puedan convivir con el extractivismo. El mandato constitucional es una propuesta de conservar la continuidad de la vida en esos territorios y la interrelación de ellos con las poblaciones tradicionales que los habitan.

Las actividades mineras son incompatibles con la consecución de estos derechos, pues las características ecológicas de estos ecosistemas hacen que los daños ocasionados por esta actividad industrial sean irreversibles. Las decisiones para fomentar actividades extractivas en Los Cedros y otras zonas protegidas comprometidas a la minería en el Ecuador, significa que el mandato constitucional queda como letra muerta.

Entonces, ¿quién debe hablar a nombre de la naturaleza? La misma Constitución tiene la respuesta “toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad el cumplimiento de los derechos de la naturaleza (Constitución de la República del Ecuador, 2008, art. 71); y es por eso que muchos colectivos en el Ecuador se han organizado en contra del extractivismo en Los Cedros y otros ecosistemas vulnerables del país.

Una actividad concreta fue la presentación de una acción de protección por parte del Gobierno Municipal de Cotacachi, con el apoyo de sus ciudadanos; la misma que fue ganada en la Corte Provincial y ahora ha entrado en proceso de revisión de la Corte Constitucional para generar jurisprudencia.

Para los defensores de los derechos de la naturaleza en el Ecuador, mantener la integralidad del complejo de conservación del sur de la reserva Cotacachi – Cayapas en contra de la explotación minera lleva implícita una visión de confluencia de derechos, donde los derechos de la naturaleza deben ser interdependientes con el derecho a un ambiente sano, con el derecho a la salud, al agua, a la soberanía alimentaria y con los derechos territoriales de los pueblos y comunidades locales.

Referencias

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Bubb, P. y Hostellert, S. (2000). Bosques Nublados Tropicales Montanos. Tiempo para la acción. Gland: ArborVitae, IUCN, WWF.

Código Orgánico Ambiental (2017). Registro Oficial Suplemento 983 del 12 de abril 2017 (Ecuador).

Constitución de la República del Ecuador (2008). Registro Oficial 449 del 20 de octubre 2008 (Ecuador).

Ganzenmüller, A., Cuesta-Camacho, F., Riofrío, M.G., González, C. y Baquero, F. (2010). Caracterización eco-sistémica y evaluación de efectividad de manejo de los bosques protectores y bloques del Patrimonio Forestal ubicados en el sector ecuatoriano del Corredor de Conservación Chocó-Manabí. Quito: Ministerio del Ambiente del Ecuador, EcoCiencia y Conservación Internacional.

INEFAN (Instituto Ecuatoriano Forestal y de Áreas Naturales y Vida Silvestre) (1995). Resolución del INEFAN. Registro Oficial Nro. 620, del 26 de enero de 1995.

León Yánez, S., Valencia, R., Pitman, N., Endara, L., Ulloa Ulloa, C. y Navarrete, H. (Eds.) (2011). Libro rojo de las plantas endémicas del Ecuador, 2da edición. Quito: Publicaciones del Herbario QCA, Pontificia Universidad Católica del Ecuador.

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Ministerio de Minería Ecuador (2017a). Resolución Nro. MM-SZM-N-2017-0041-RM, de fecha 3 de marzo de 2017 (Ecuador).

Ministerio de Minería (2017b). Resolución Nro. MM-SZM-N-2017-0042-RM del 3 de marzo de 2017 (Ecuador).

Páez, B. (2018). Consulta Popular 2018. Minería en centros urbanos: todo lo que la pregunta 5 no tomó en cuenta. Revista Digital GK. Recuperado en abril 2021 de: https://gk.city/2018/02/04/resultados-consulta-popular-2018-mineria-pregunta-5/

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Vandegrift, R., Thomas D., Roy B. y Levy M. (2017). Alcance de las concesiones mineras recientes en Ecuador. Nimbin: Rainforest Information Center.

  1. Acción Ecológica. ebravo@rallt.org
  2. Más información sobre los impactos de la minería a gran escala puede encontrarse en Sacher y Acosta (2012).
  3. En el trabajo referido se utiliza el sistema de clasificación de peligro de extinción propuesto por la Unión Internacional para la Conservación de la Naturaleza (UICN)
  4. Área protegida de 243.638 hectáreas, con un gradiente altitudinal que va desde las cimas rocosas y nevadas del volcán Cotacachi a 4.939 msnm en la cordillera Occidental de los Andes, hasta los bosques húmedos tropicales en las tierras bajas a orillas del río Cayapas.
  5. Los bosques protectores fueron creados en la Ley Forestal y de Conservación de Áreas Naturales y Vida Silvestre (Ley No. 74. RO Ecuador, 1981) y están legalmente reconocidos en el Ecuador.
  6. http://areasprotegidas.ambiente.gob.ec/es/content/bosques-protectores
  7. De acuerdo con una clasificación hecha por Conservación Internacional (Ganzenmüller et al., 2010)
  8. Título Dos sobre conservación in-situ, Capítulo tres (sobre áreas especiales para la conservación de la biodiversidad).
  9. Como lo establece el artículo 71 de la Constitución de la República del Ecuador (2008).